diumenge, 8 de novembre del 2015

Un portavoz del Ministerio de Empleo y Seguridad Social atribuyó a “un error técnico, un fallo de coordinación o de comunicación” el hecho de que en la biografía del secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, que se difundió en la referencia oficial del Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre, tras su nombramiento, se le atribuyera la condición de “médico”; un título que no tiene, ya que no completó los estudios de Medicina en la Universidad de Valladolid. “Burgos nunca ha dicho que sea médico, ni ha falseado su currículum, ni ha actuado de mala fe. Está lo suficientemente cualificado como para no tener que atribuirse méritos de los que carece”, añadió.
Fuentes de Moncloa indicaron que la referencia del Consejo de Ministrosse confeccionó a partir de la información facilitada por el departamento que dirige Fátima Báñez, que el mismo 30 de diciembre difundió una nota de prensa en la que se definía a Burgos como “médico y experto en gestión sanitaria”.
El problema, sin embargo, no radica en si el origen del error estuvo en Presidencia del Gobierno o en el Ministerio de Empleo, sino en la responsabilidad del propio secretario de Estado.
Un rastreo por los archivos de lapágina web del Congreso revela que no es la primera vez que Burgos se atribuye falsamente la condición de médico. En su ficha personal correspondiente a la legislatura 1993-96, la primera en la que fue diputado, se dice que es “licenciado en Medicina”. En su currículum de la legislatura 1996-2000 se añade a lo anterior: “y Cirugía”. Y en su ficha de diputado de la legislatura 2000-04 vuelve a la denominación más simple de “licenciado en Medicina”. Es decir, durante 11 años, desde 1993 a 2004, Burgos declaró al Congreso que tenía un título del que carecía. La mención desapareció de su ficha en las legislaturas 2004-08 y 2008-11, para reaparecer, aunque de forma más lacónica, en su currículum de la legislatura actual, en la que solo se dice: “Medicina y Cirugía. Universidad de Valladolid”.
Los datos que figuran en las fichas del Congreso los aportan los propios diputados al inicio de cada legislatura, cuando rellenan y firman un formulario en el que autorizan su difusión a través de la página web. La actualización es obligada pues, por ejemplo, Burgos hizo constar a partir de 1996 su estado civil: soltero.
“Uno puede poner que es Premio Nobel de Medicina. Nadie se ocupa de comprobarlo. Se presume la veracidad”, explica un veterano parlamentario.
El PAÍS pidió este lunes al secretario de Estado de la Seguridad Social su versión sobre estos hechos, pero no obtuvo respuesta.
A última hora de la tarde, la Secretaría de Estado de Comunicación corrigió la referencia del Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre. Donde antes decía que Burgos era “médico”, ahora pone que “tiene formación universitaria en Medicina por la Universidad de Valladolid”.

dimecres, 4 de novembre del 2015

Si no hay terroristas habrá que inventarlos
A las reformas legales se han adelantado las actuaciones policiales como la Operación Pandora o las dirigidas contra Resistencia Galega.
28/01/15 · 8:01 
 
 
 
“Todo es terrorismo”, parece decir la reforma en curso de la nueva ley antiterrorista. El texto del anteproyecto de ley, presentado el pasado 17 de enero bajo el apelativo de Ley de Seguridad Nacional, tiene como base las enmiendas presentadas por el Partido Popular al texto de reforma del Código Penal, pero, después de la tragedia de Charlie Hebdo, el Gobierno decidió separarlo de la tramitación de la reforma y aprobarlo como una ley orgánica independiente, con el apoyo del PSOE.
El texto incluye nuevos conceptos en el catálogo de delitos ­terroristas y recorta los condicionantes para que una acción sea considerada terrorismo, además de incluir un nuevo tipo de estado de crisis, llamado 'Situación de Interés para la Seguridad Nacional', en el que se movilizarían recursos privados. Entre las novedades, la inclusión de la visita a páginas web yihadistas como nuevo tipo delictivo relacionado con el terrorismo y la definición del terrorista como “aquel que comete un delito terrorista”, pertenezca o no a una organización terrorista.
“El texto está redactado con una ambigüedad calculada cuyo fin es precisamente, dado que no tenemos ya terroristas aquí, inventarlos”, señala Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid. Cancio explica que la definición de terrorismo del anteproyecto de ley “es tan vaga y tan poco concreta que permitiría decir que es terrorismo cualquier cosa”, al desvincularlo de la actuación de una organización que tenga como objetivo la subversión del orden constitucional.
Mercedes Alonso, profesora de Derecho Penal en la Universidad de Valladolid, afirma que la nueva ley es un paso más hacia el derecho penal del enemigo, en el que se castiga a las personas por lo que piensan antes que por lo que hacen. “Desde hace varios años se está produciendo una hipertrofia de la regulación del terrorismo, ampliando los tipos penales hasta el extremo de anticipar la respuesta penal a conductas que están muy alejadas de constituir una amenaza a la paz social”, explica Alonso.
Tras su entrada en vigor en 1995, el articulado del Código Penal destinado a los delitos de terrorismo se reformó en el año 2000 para poder condenar como terrorismo las acciones de la kale borroka aunque sólo consistieran en ataques a bienes materiales, lo que en otro lugar no tendría mayor castigo que el de daños o desórdenes públicos. En 2003 y 2010 llegaron nuevas reformas, con las que se ampliaban las acciones consideradas como terrorismo y se ampliaban las condenas.

Operación Pandora, la última muestra

A las reformas en la legislación, se han adelantado las actuaciones policiales. La operación Pandora, de­sarrollada en diciembre en Barce­lona y Madrid, y en cuyo marco hay siete personas en prisión preventiva y otras cuatro en libertad con cargos, ha sido la última muestra. El uso de un servidor de mail seguro, algunas actas de asambleas y tener el libro 'Contra la Democracia' son pruebas, para la Guardia Civil, de que los detenidos en la Operación Pandora forman parte de una supuesta plataforma que hace de “punto de encuentro de grupos violentos con fines terroristas”, aunque más adelante el escrito de procesamiento señale que sus acciones se limitan a lanzar bengalas, petardos y quemar contenedores.
“Desde los años 2010-2012 con la agudización de la respuesta popular a la crisis y después de dos huelgas generales con graves incidentes, el exconseller de Interior, Felip Puig, advirtió que perseguiría a los 'violentos' allá donde se escondieran. Desde entonces tenemos una larga lista de detenciones: huelguistas de Sants el 1 de mayo de 2013 en Maresme, anarquistas del caso Facebook.... con acusaciones de desórdenes y atentado a la autoridad, con los agravantes de asociación ilícita, que es la antesala del terrorismo”, explica Iru, miembro de Kasa de la Muntanya (KM), uno de los espacios registrados por los mossos durante la operación.
Ya en noviembre de 2013, la policía detuvo a M.C.S. y F.S.D, ambos de nacionalidad chilena. Según el auto de procesamiento por el que se les mantenía en prisión preventiva, se les acusa de haber colocado la bomba que explotó en octubre de 2013 en la Basílica de El Pilar, en Zaragoza –que causó daños en algunos bancos y en la escayola del techo– y de planear la colocación de otro artefacto explosivo en la Basílica de Montse­rrat, en Barce­lona, a la que fueron de visita. “Del abundante material intervenido a los imputados se deduce la ideología anarquista de los mismos, difícilmente compatible con las creencias de la fe católica o el interés por el arte sacro”, rezaba el auto de procesamiento, fechado en julio de 2014, del juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco. “Tómese en consideración que, en las imágenes obtenidas delante de la Virgen de Montserrat, los acusados no muestran interés alguno en la figura de la Virgen, y sí en el resto del templo”, insiste el escrito. Su abogada, Amelia Alexandre, confirma a Diagonal que, desde entonces, M.C.S. y F.S.D. siguen en prisión preventiva. Ambos están acusados de ser miembros del supuesto Comando Mateo Morral, vinculado, según la policía, al GAC y a otro supuesto grupo internacional llamado FAI/FRI, bajo cuyas siglas se han reivindicado ataques contra cajeros automáticos de entidades bancarias en Latino­amé­rica. De nuevo, ninguna víctima.
Según explica Iru, varios de los encarcelados de la Operación Pandora habían ido a visitar a la cárcel a M.C. o F.S.. “Según los esquemas policiales, como el terrorismo anarquista funciona por afinidad, los afines a los chilenos también serían de los GAC”, explica Iru tras señalar que, según los Mossos d'Esquadra, el terrorismo anarquista es parecido a la yihad, células dispersas que no tienen por qué conocerse entre ellas.
“Desde Kasa de la Muntanya, valoramos todo esto como una advertencia, después de los capítulos de Can Vies, de la retirada de la cámaras de videovigilancia que espiaban KM y del aumento de actividad política, y el conflicto en las calles de los movimientos autónomo y libertario”, señalan desde el espacio libertario. “Entendemos que fue un registro para socavar información de diversos colectivos y movimientos que trabajan en Km, para la futura literatura policial. Ya que des de un primer momento nos dijeron que nadie seria detenido”, añaden.
Iru subraya también el papel de los medios de comunicación: “Siguieron una intensa labor de manipulación, siguiendo paso a paso el teletac emitido por la oficina de los Mossos el mismo día 16 de diciembre a las 6 de la mañana. Subiendo a primera plana o de gran titular el golpe al 'terrorismo anarquista', por lo general sin dar espacio a la respuesta o contrastación de la noticia por los afectados o silenciando nuestra rueda de prensa el día posterior”.
“Lo que mas nos alarma es cómo la fórmula del terrorismo se pueda generalizar a amplios sectores para paralizar los crecientes movimientos antagonistas. Por nuestra parte redoblaremos actividad y abriremos la casa al vecindario y a los medios para desmentir las acusaciones sobre terrorismo y demostrar que lo que aquí sucedió con Pandora es la persecución de unas ideas", concluyen desde Kasa de la Muntanya.
Resistencia Galega, un supuesto grupo terrorista independentista, fue uno de los primeros en contar condenados, aun sin haber cometido atentados. “Aquí en Galicia, hay un sector de la ciudadanía que es independentista. Eso se está criminalizando y los medios de comunicación masiva están recibiendo información que se traduce en que independentista es igual a terrorista”, explica la feminista gallega Lola Ferreiro. En 2013, la Audiencia Nacional dio por probada la existencia de un supuesto grupo terrorista que, bajo el nombre de Resis­tencia Galega, habría colocado explosivos en entidades bancarias y alguna sede del Partido Popular en Galicia, que tuvieron por consecuencia daños materiales. Ningún herido. La única prueba que apoyaba las afirmaciones de la policía sobre la existencia de este grupo fue la declaración de uno de los imputados que, tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía por el que se le redujo la pena de prisión a la mitad, afirmó ser miembro de este grupo.
Desde 2011 se cuentan seis personas condenadas por ser integrantes de Re­sistencia Galega con penas que van de los 6 a los 18 años de cárcel a pesar de que ningún ataque atribuido a este grupo haya tenido víctimas. Otras cuatro están pendientes de la resolución de Tri­bunal Supremo y una más está a la espera de juicio. A todos ellos les han aplicado la política de dispersión de presos.
 
 En muchos casos han sufrido malos tratos por parte de los funcionarios de prisión, como C.C., a quien sometieron a constantes registros corporales con desnudo integral hasta que la Audiencia Nacional declaró estos registros arbitrarios. Ferreiro recuerda cómo, bajo el paraguas de la etiqueta del terrorismo nacionalista, se han ­sucedido capítulos de violación de derechos como la detención de una pareja en Ferrol, con un bebé de ocho meses que fue separado de su madre durante horas. La madre fue puesta en libertad sin cargos al día siguiente. O el de R.A., detenido en Com­pos­tela y cuyo nombre completo fue publicado por medios de comunicación, que después no informaron de su puesta en libertad, también sin cargos.
“Por un lado está la actuación del Ministerio de Interior, por otro la de la Policía y por otro, muchas veces, la nefasta actuación de los medios de comunicación”, señala Ferreiro. Sin embargo, a pesar del seguimiento mediático de estas actuaciones antiterroristas, esta feminista subraya que “aquí, en Galicia, preguntas por Resistencia Galega y la mayoría de la gente no ha oído ese nombre en toda su vida”. “El ambiente no es de que aquí exista ningún tipo de organización terrorista”, confirma.
Hipertrofia: operaciones contra anarquistas
El autor explica cómo las reformas del Código Penal han dejado el concepto de terrorismo sin concreción, dependiente de la interpretación judicial.
01/06/15 · 15:50
 
Los delitos de terrorismo son, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, algunos de los más graves que se pueden cometer. La legislación española en esta materia se caracteriza por la dureza de sus penas, con hasta 40 años de prisión por algunos delitos y, a partir del 1 de julio –con la entrada en vigor de la última reforma del Código Penal–, con la prisión permanente revisable, o cadena perpetua. También con su excepcionalidad procesal –se puede decretar la detención incomunicada, por ejemplo–. Su instrucción y enjuiciamiento se encuentran en manos de un órgano jurisdiccional específico, la Audiencia Nacional. Numerosas autoras, como la profesora de la Universidad Carlos III Carmen Lamarca Pérez, señalan que "es en la legislación antiterrorista donde el Estado democrático muestra de modo más patente una tendencia autoritaria que lesiona gravemente la eficacia de las garantías individuales". Lamarca señala que "las leyes antiterroristas forman parte de la propia lógica del terrorismo y que, en cierto modo, expresan una autonegación del Estado de Derecho".       A pesar de que se trata de penas muy elevadas, el Código Penal es extremadamente vago e impreciso a la hora de definir lo que es una organización o un acto terrorista. Al no existir concreción en el concepto normativo de terrorismo, se depende de la interpretación judicial, que no es estable ni congruente en el tiempo. Por ello, lo que ayer no era terrorismo, hoy puede serlo.
Al no existir concreción en el concepto normativo de terrorismo, se depende de la interpretación judicial, que no es estable ni congruente en el tiempo
El Código Penal de 1995 perseguía y castigaba los delitos de pertenencia a banda armada, haciendo hincapié en el hecho de que un grupo debía estar armado para considerarse peligroso. Sin embargo, la reforma del Código Penal aprobada en 2010 sustituyó la banda armada por la organización terrorista y estableció que el terrorismo ha de ostentar una finalidad política de subvertir el orden constitucional, unos medios violentos y ha de ser organizado. Es decir, el elemento característico y objetivo de las armas se dejó de lado, priorizando el elemento subjetivo de la subversión del orden constitucional.
Esta definición resulta sumamente ambigua. ¿Qué significa subvertir el orden constitucional o la paz pública? ¿Un texto incendiario puede lograr ese fin? ¿Qué grado de violencia se requiere para que una conducta se califique como terrorista?
Durante años, la principal preocupación del Estado fueron ETA, GRAPO y Al-Qaeda. La actuación de otras personas o colectivos rara vez captaba la atención de jueces y policías, pasando a ser calificada como delito común. El fin de la actividad armada de las dos primeras llevó a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a cambiar su foco de atención. En los últimos tiempos hemos asistido a tres operaciones antiterroristas contra anarquistas: el caso Mateo Morral –noviembre de 2010–, la Operación Pandora –diciembre de 2014– y la Piñata –30 de marzo de 2015–. Dos personas siguen en prisión provisional por la primera. Hoy se ha ordenado la libertad sin fianza de tres de las personas detenidas en la segunda operación mencionada, y se está a la espera de que la Audiencia se pronuncie sobre la libertad de las otras dos personas que siguen en prisión preventiva desde que fueron detenidas el 30 de marzo.¿Qué terribles conductas se atribuyen a estas personas? Todas están imputadas por pertenencia a una supuesta organización terrorista y algunas por sabotajes de baja intensidad de algunos cajeros automáticos, considerados daños terroristas.       
Con esta novedosa interpretación se pretende que todo acto de violencia tenga carácter terrorista, lo que supone una extensión del concepto que vacía de contenido otros tipos penales y no cuantifica, en su justo término, la auténtica entidad de las infracciones penales que se dicen cometidas, ni las tipifica adecuadamente.
Todas estas operaciones fueron precedidas por una intensa campaña mediática de criminalización, con titulares tendenciosos contra el anarquismo y los 'antisistema' en general. Con este panorama, el próximo 1 de julio entra en vigor la reforma del Código Penal –y la Ley de Seguridad Ciudadana–. Con ella llegará la prisión permanente revisable, "obviando una reflexión [...] acerca de su compatibilidad con los derechos fundamentales", según señala el abogado penalista Julián Ríos. Esto ha sido posible gracias a la deshumanizanción de los terroristas y de quienes ostentan ideas radicales realizada desde los medios de comunicación. No se les considera ciudadanos que gozan de unos derechos fundamentales.
Son percibidos como el paradigma del enemigo del Estado que, en consecuencia, incrementa de forma desmesurada el punitivismo, presentado como defensa ante ellos. La finalidad es su inocuización por "lo que se es" en lugar de por "lo que se hace", y en el proceso, se obvian sus derechos fundamentales.